En Perú hay obligaciones de pago de impuestos de distintos tipos según corresponda, así como también impuestos municipales, pero ¿cuáles son los impuestos municipales en Perú? Bueno, quédate en este post para saber un poco más.
Marco Legal de los impuestos municipales en Perú
Primero repasemos qué es un impuesto. Un impuesto es el tributo de obligaciones pecuniarias en favor del acreedor tributario regido por Derecho Público, no requiere de contraprestación directa por la Administración de Hacienda o el acreedor tributario. La aplicación de estos impuestos se da a partir de la potestad tributaria del mismo Estado, es como una fuente para financiar los gastos del país o ciudad.
El principio tributario llamado “Capacidad Contributiva”, corresponde más que todo a todos aquellos que tienen que aportar para el financiamiento estatal, consagrando así el principio constitucional y social de la libertad cuando del pago al tributo se trata.
Los impuestos no son nada más y nada menos que cargas tributarias obligatorias, no solamente en Perú sino en cualquier parte del mundo; estas cargas tributarias las tiene que pagar los contribuyentes (personas o empresas).
Impuestos municipales en Perú
Todos los tributos municipales le corresponden un pago por todo contribuyente alcanzado por la tributación municipal. Las municipalidades son parte de los organismos del Gobierno, que, por distintos medios, incentivan al desarrollo de la comunidad gracias al préstamo de servicios básicos.
Impuesto predial
Le corresponde al municipio distrital donde está el predio. No puede haber conflictos limítrofes entre municipios; este impuesto se aplica al valor de los predios urbanos o rústicos desde su autoavalúo. Este avalúo se adquiere a partir de los aranceles y precios unitarios de construcción que lleva el Ministerio de Hacienda.
Las personas naturales o empresas deben pagar cada 01 de enero de cada año que posee legalmente como propietario. Quien se encarga de recaudar el pago de este impuesto es la municipalidad distrital o provincial.
Impuesto vehicular
Este impuesto es realizado por la municipalidad provincial donde esté el domicilio del propietario. Este abarca en las propiedades de vehículos, autos, camionetas, station wagons, camiones, buses y omnibuses. El monto del impuesto se calcula con el valor original de adquisición, importación o ingreso del patrimonio; este monto no puede ser menor a la tabla referencial que dicta el Ministerio de Economía del momento.
Las personas Naturales o empresas, deben pagar el impuesto desde el 01 de enero del año corriendo.
Impuesto de alcabalas
Este impuesto es aplicado a las transferencias de inmuebles, urbanos y rústicos, puede ser oneroso o gratuito, independientemente de la modalidad. Los notarios y registradores públicos, deberán solicitar la constancia de las misma al haber solicitado la constancia de cancelación del impuesto mismo.
Marco Legal de los impuestos
Decreto legislativo N°776
Los ingresos municipales son sustentados por:
- Impuestos municipales.
- Contribuciones y tasas que determinan los Consejos Municipales mediante ordenanzas.
- Los impuestos nacionales creados a favor de los municipios distribuidos mediante el fondo de compensación.
- Participación en la recaudación de tributos a favor de los municipios.
- Otros ingresos que perciban las municipalidades.
Impuestos municipales
- Administración Distrital: predial, juegos (pinball, bingo, rifas), alcabala, espectáculos públicos no deportivos.
- Administración Provincial: patrimonio vehicular, apuestas, juegos de lotería.
Contribuciones y tasas municipales
- Contribución municipal: especial de obras públicas.
- Tasas municipales: por servicios públicos o arbitrarios, servicios administrativos o derechos, licencias de apertura de establecimiento, estacionamiento de vehículos, transporte público, otras tasas de realización de actividades sujetas a fiscalizaciones.
Tributos nacionales creados a favor de municipalidades
- Impuesto de promoción municipal, 2% de las operaciones afectas al IGV.
- Impuesto al rodaje, aplica a gasolina con tasa de 8% sobre el precio ex planta en el caso de venta al país.
- Impuestos a las embarcaciones de recreo, 5% de valor de las embarcaciones.
Participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades
- Participación en Renta de Aduanas, 2% de las rentas que recauden las aduanas.
- Impuesto a los juegos de casinos, máquinas y tragamonedas, tasa del 12% sobre los ingresos netos mensuales.
Otros ingresos que perciban municipalidades
- Fondo de compensación municipal – FONCOMUN: rendimiento de impuesto de promoción municipal, al rodaje, embarcaciones de recreo.
- Recursos asignados por concepto de Canon: Canon minero, pesquero, hidroenergético, petrolero.
- Programa de vaso de leche.
- Derecho de vigencia minera.